Noticia

21-05-2021  SEGUNDA FASE (EXCEDENTE). AYUDAS PARÉNTESIS PARA AUTÓNOMOS Y MICROEMPRESAS - PLAN RESISTIR 2021

Por acuerdo de Pleno de 12/02/2021 se aprueban las bases reguladoras para la concesión de Ayudas Paréntesis para autónomos y microempresas, integradas en el Plan Resistir 2021.

IMPORTANTE LEER ATENTAMENTE LAS BASES COMPLETAS, ASÍ COMO LA ORDEN REGULADORA.

AVISO: Aquellos que ya hayan solicitado la ayuda en la primera fase y se les haya concedido, por favor, absténganse de volverla a solicitar.

 

CONCESIONES

Certificado JGL 23_06_2021 Aprobaciones excedente mes junio

Certificado JGL 01_10_2021 Aprobaciones excedente mes julio

Certificado JGL 10_12_2021. Aprobaciones aportación municipal
 

DENEGACIONES

Denegaciones solicitudes FASE 2 Plan Resistir (Ayudas Paréntesis)

 

REQUERIMIENTOS

Fecha publicación Tablón anuncios:  08/07/2021.

De acuerdo con lo expresado en el punto 12.1 de las bases que regula la convocatoria, cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe la documentación que de acuerdo con esta convocatoria resulte exigible, se requerirá al interesado/a para que en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en la web municipal, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la repetida Ley.

Los requerimientos se irán resolviendo por orden de entrada de la documentación completa y correcta requerida tal como se indica en el artículo 12 apartado 2. Resolución: “La concesión de la ayuda se tramitará mediante el procedimiento de concesión directa hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria, estableciéndose como criterio de valoración la fecha y hora de entrada que figuren registradas en la solicitud, reuniendo la totalidad de requisitos y documentación requerida en la convocatoria.

El plazo de presentación de la documentación requerida es el siguiente:

del 09/07/2021 al 22/07/2021.

 

 

RESUMEN:

 

Objeto y beneficiarios: 

Ayudas económicas a personas autónomas y microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras que se hayan visto afectadas por la pandemia COVID-19, y puedan justificarlo, podrán solicitar esta ayuda en esta Segunda Fase. De la misma manera, su domicilio fiscal debe estar en el municipio de Catarroja, todo ello en el marco de lo dispuesto por el Decreto Ley 1/2021, de 22 de enero, del Consell, por el cual se aprueba el Plan Resistir.

 

Cuantía de la ayuda:

  • Una cantidad máxima de 2.000 € por cada autónomo o microempresa con un máximo de 10 trabajadores.
  • Una cantidad adicional resultante de multiplicar 200 € por cada trabajador afiliado a la Seguridad Social a fecha 31 de diciembre de 2020 de dichas microempresas y autónomos.

En el caso de los autónomos colaboradores que lo acrediten, la cuantía a solicitar será de 200 € computando en el máximo de los 10 trabajadores.

El máximo que podrá recibir un empresario por esta ayuda es de 4.000€.

 

Gastos subvencionables: 

Las ayudas deben ir dirigidas a cubrir gastos corrientes de la actividad. Entre otros, y a modo de orientación, se considerarán gastos elegibles:

a. Gastos en concepto de arrendamiento del local comercial.

b. Las compras de mercancías y aprovisionamientos. 

c. Gastos en suministros de energía eléctrica, agua, gas y comunicaciones (internet, teléfono, etc.) vinculados al local comercial donde desarrolla la actividad comercial.

d. Gastos de reparaciones y conservación, piezas, recambios y consumibles de oficina, servicios de profesionales independientes (asesorías, gestorías, informáticos y análogos), equipos de protección individual (geles hidroalcohólicos, mascarillas, mamparas, etc), primas de seguros, publicidad y propaganda vinculados directamente a la actividad comercial. 

e. Gastos de personal en sueldos, salarios y cuotas a la seguridad social del empresario individual o las cuotas a cargo de la empresa (cuota patronal), en caso de tener trabajadores en su cuenta.

f. Gastos de intereses de hipotecas vinculadas al establecimiento comercial.

g. Otros gastos corrientes vinculados a la actividad.

Estos gastos podrán haberse realizado desde 30 abril de 2020 hasta el 28 de febrero de 2021 y tendrán que ser justificados por las personas trabajadoras autónomas y las microempresas. 

NO se aceptarán pagos en efectivo y pagos de tributos (impuestos, tasas, precios públicos).

 

Documentación a presentar:

Impresos:

  • Instancia solicitud según modelo normalizado.
  • Formulario de datos de solicitud y declaración responsable cuyo enlace figura en el trámite.
  • Poder de representación del representante legal, en caso de no disponer de firma digital según modelo normalizado.
  • Ficha de mantenimiento de terceros según modelo normalizado (solo habrán de aportar el nº IBAN en el formulario de datos)
  • Relación de gastos, según modelo normalizado que incluirá un listado de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor, importe, fecha de emisión y fecha de pago, conforme al modelo adjunto a las bases.
  • *IMPORTANTE: Declaración responsable en la que se declaran los motivos por los cuales se ha visto afectado por la pandemia COVID-19.

Documentación a adjuntar:

  • Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal. En caso de Autónomos que estén trabajando en régimen de cooperativa de trabajo asociado, en el que en el certificado actualizado de situación censal figure la cooperativa y no la persona física, se deberá aportar certificado emitido por la Cooperativa.

Este certificado se puede obtener en el siguiente enlace: AEAT-Situación censal

  • Alta en la Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente o Informe de vida laboral. Es importante que esté actualizado, no siendo válidos documentos emitidos en años anteriores.

En el caso que sea una sociedad (S.L., S.A., etc), deberá aportar cualquiera de estos dos documentos emitidos por la TGSS:

  • INSCRIPCION DE EMPRESARIO EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
  • INFORME DE VIDA LABORAL DE UN CODIGO CUENTA DE COTIZACION
  • Documentación acreditativa del Número de Trabajadores a 31 de diciembre de 2020, adjuntando los TC2 del mes de diciembre, únicamente para el caso de tener contratados a trabajadores. Importante: debe elegir el periodo del 31/12/2020 al 31/12/2020.

Este impreso se puede obtener en el siguiente enlace Seguridad Social, siguiendo los pasos: Acceso sistema Red online - Inscripción y afiliación online real - Informes - Vida laboral de un CCC.

En caso de los autónomos colaboradores, deberán aportar también la vida laboral del autónomo colaborador y fotocopia del libro de familia.

  • Documentación justificativa de los gastos corrientes incurridos, por importe mínimo de 2.000€ (sin IVA), correspondientes a los gastos corrientes de la actividad para la que solicita subvención. Deberán acompañarse del correspondiente justificante bancario de pago. Las facturas y justificantes de pago se ajustarán a lo previsto por el apartado sexto.

 

Plazo de presentación de solicitudes: 

El plazo será de 20 días hábiles, del 25 de mayo de 2021  al  21 de junio de 2021.

 

Tramitación:  

Sede Electrónica del Ayuntamiento de Catarroja.

Para la tramitación de estas ayudas es necesario poseer el certificado/firma digital. En caso de no tenerla podrá elegir una persona que sí la tenga y que actúe en este trámite como representante, o, puede solicitarlo en la OIAC, planta baja del Ayuntamiento, pidiendo cita previa primero: Pedir CITA PREVIA

Para la firma electrónica de documentación que lo requiera, se precisa de: Programa autofirm@ o bien mediante firma biométrica presencial en la OIAC.

La tramitación será TELEMÁTICA, y puede acceder a ella en el siguiente enlace:

  (Trámite finalizado)

 

Contacto: 

Para cualquier aclaración los interesados pueden contactar con el Servicio de Desarrollo Local y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Catarroja a través de:

Correo electrónico: adl@catarroja.es

Teléfono:

667 421 503 - Pepa Peris

678 544 470 - Alba Azorín

637 028 222 - Víctor Pastor

667 419 177 - Silvia Nicolau

Volver