Noticia

16-10-2023  Ayudas locales a autónomos, microempresas y pymes para la reactivación económica local - PLAN REACTIVA 2023

 

CONVOCATORIA

Por Resolución de Alcaldía de fecha 25/07/2023 se aprueba la convocatoria para la concesión de Ayudas locales a autónomos, microempresas y pymes para la reactivación económica local - PLAN REACTIVA 2023

 

 

CONCESIONES

Aprobación Relación 1. Reactiva 2023

Aprobación Relación 2 Reactiva 2023

Aprobación Relación 3 Reactiva 2023

Aprobación Relación 4 Reactiva 2023

Requerimientos y propuestas de desestimación . Reactiva 2023

Aprobación Relación  final Reactiva 2023

RESUMEN Y ENLACE AL TRÁMITE  .

 

 

AVISO: El resumen que se proporciona a continuación tiene únicamente carácter informativo. Por favor, lean la convocatoria completa para conocer y tramitar esta ayuda correctamente.

 

Objeto y beneficiarios

Objeto: El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas destinadas tanto a la creación de nuevas empresas como a las empresas que ya ejercen su actividad en Catarroja. El objetivo es el de contribuir a  aumentar su productividad, reforzar sus capacidades y contribuir a la creación de empleo, la competitividad, y el crecimiento potencial de la economía local y acompañarles en la transformación hacia una economía local más sostenible y eficiente.

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, legalmente constituidas, que, siendo persona autónoma, microempresa o pyme desarrollen su actividad económica en Catarroja. En el caso que el beneficiario no tenga establecimiento físico comercial, se tendrá en cuenta su domicilio fiscal a los efectos de acreditar que ejerce su actividad económica en el municipio de Catarroja. 

 

 

Líneas de la ayuda y gastos subvencionables

Esta ayuda consta de 3 líneas/programas diferenciados:

 

 PROGRAMA  1:  FOMENTO DE NUEVAS ACTIVIDADES  

  • Objeto: Ayudas económicas que tienen como objetivo el fomentar la implantación de nuevas empresas/autónomos en el municipio de Catarroja.
  • Beneficiarios: Autónomos, profesionales, micropymes y pymes que hayan iniciado su actividad entre el 01/11/2022 y el 31/10/2023, y ésta actividad se desarrolle en Catarroja.
  • Cuantía: Máximo 1.500 €.

El importe máximo de este programa podrá llegar a cubrir hasta el 100% de los gastos de primer establecimiento y gastos de inicio, sin superar la cantidad máxima de 1.500 €, excepto en el caso de que el solicitante no tenga un establecimiento comercial físico o comparta lugar de trabajo con vivienda habitual, en cuyo caso el máximo a conceder será de 500 €.

En el caso de nuevos establecimientos ubicados en zonas de baja densidad comercial se incrementará la cuantía subvencionada máxima hasta los 3.000 €. Deberá consultar  el ANEXO I de la CONVOCATORIA COMPLETA.

  • Gastos subvencionables: Entre otros, y a modo de orientación, se considerarán gastos elegibles:
    • Gastos relacionados con el inicio de la actividad
    • Gastos relacionados con el establecimiento comercial
    • Gastos relacionados con consultorías o asesorías especializadas
    • Gastos derivados de la obtención de certificaciones oficiales en materia de igualdad

Puede consultar el listado completo de gastos en la convocatoria completa: Punto III. Gastos subvencionables y cuantías por programa - PROGRAMA 1. FOMENTO DE NUEVAS ACTIVIDADES.

Los gastos justificados tendrán que haberse realizado desde el 01/01/2023 y hasta el momento de la solicitud de la ayuda y tienen que estar pagados en el momento de la justificación. 

No será subvencionable: el IVA satisfecho en cada factura, los pagos de facturas realizados en metálico y pagos de tributos que no tengan relación con con la actividad subvencionada.

Este programa es INCOMPATIBLE con el Programa 2 y COMPATIBLE con el Programa 3.

 

 PROGRAMA  2: SOSTENIBILIDAD Y DIGITALIZACIÓN EMPRESARIAL  

  • Objeto: Ayudas para gastos y/o inversiones realizadas en el negocio existente relacionados con actuaciones en materia de sostenibilidad y digitalización. El objetivo de este programa es mejorar la competitividad de las empresas locales y la reactivación hacia una economía sostenible y alineada con los objetivos de los ODS. No se considerarán en este punto los gastos corrientes de la actividad.
  • Beneficiarios: Autónomos, profesionales, micropymes y pymes cuya actividad se hubiera iniciado con anterioridad al 01/11/2022, y ésta actividad se desarrolle en Catarroja.
  • Cuantía: Máximo 1.000 €.

El importe máximo de este programa podrá llegar a cubrir hasta el 100% de los gastos subvencionables sin superar la cantidad máxima de 1.000 €, excepto en el caso de que el solicitante no tenga un establecimiento comercial físico o comparta lugar de trabajo con vivienda habitual, en cuyo caso el máximo a conceder será de 500 €.

  • Gastos subvencionables: Entre otros, y a modo de orientación, se considerarán gastos elegibles:
    • Gastos en materia de SOSTENIBILIDAD:
      • Gastos relacionados con acciones de eficiencia energética.
      • Gastos realizados en concepto de certificaciones en gestión ambiental/energética.
      • Gastos realizados con envases y embalajes sostenibles.
      • Gastos relacionados en materia de economía circular.
      • Gastos relacionados con la movilidad sostenible.
    • Gastos en materia de DIGITALIZACIÓN:
      • Gastos relacionados con actuaciones de comercio electrónico y prácticas de marketing digital.
      • Gastos relacionados con actuaciones en soluciones de gestión empresarial.

Puede consultar el listado completo de gastos en la convocatoria completa: Punto III. Gastos subvencionables y cuantías por programa - PROGRAMA 2. SOSTENIBILIDAD Y DIGITALIZACIÓN EMPRESARIAL.

Los gastos justificados tendrán que haberse realizado desde el 01/01/2023 y hasta el momento de la solicitud de la ayuda y tienen que estar pagados en el momento de la justificación.

No será subvencionable: el IVA satisfecho en cada factura, los pagos de facturas realizados en metálico, pagos de tributos que no tengan relación con con la actividad subvencionada y los gastos corrientes de la actividad, entre otros (deberá consultar la convocatoria completa).

Este programa es INCOMPATIBLE con el Programa 1 y COMPATIBLE con el Programa 3.

 

 PROGRAMA  3: AYUDAS AL FOMENTO Y ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO   

  • Objeto: Ayudas económicas que tienen como objetivo promover y potenciar las contrataciones laborales para apoyar el empleo. El objeto de las ayudas es fomentar nuevas contrataciones  realizadas desde el 01/11/2022.
  • Beneficiarios: Autónomos, profesionales, micropymes y pymes ubicados en el término municipal de Catarroja, independientemente de su fecha de inicio de actividad.
  • Cuantía: Las contrataciones, para ser subvencionables, deberán tener como mínimo una duración de 6 meses y una jornada mínima del 50%:

a) Si el contrato es a jornada completa, se concederá una cuantía de 1.000 € por cada contratación nueva o transformación que se realice. La cuantía máxima a conceder por empresa en este caso será de 3.000 € con independencia del número de trabajadores que contrate.

b) Si el contrato es a jornada parcial 50%, se concederá una cuantía de 500 € por cada contratación nueva o transformación que se realice. La cuantía máxima a conceder por empresa en este caso será de 1.500 € con independencia del número de trabajadores que contrate.

c) Si el contrato es a jornada parcial superior al 50%, se concederá una cuantía prorrateada por cada contratación nueva o transformación que se realice. La cuantía máxima a conceder por empresa en este caso se prorrateará en la misma proporción, con independencia del número de trabajadores que contrate.

  • COLECTIVO DE DIFÍCIL INSERCIÓN:

La cuantía a subvencionar se incrementará en un 50% sobre las anteriores en el caso que la contratación se realice a personas pertenecientes a colectivos de difícil inserción: 

  • mujer
  • personas mayores de 45 años
  • personas menores de 30 años
  • personas con diversidad funcional reconocida igual o superior a 33%

Las cantidades máximas a conceder por empresa incluyendo esta bonificación alcanzarán los siguientes límites:

  • En el caso a) jornada completa, la cantidad máxima será de 4.000 €
  • En el caso b) jornada parcial 50%, la cantidad máxima será de 2.000 €
  • En el caso c) jornada parcial superior al 50%, la cantidad máxima será de 3.000 €

El LÍMITE MÁXIMO TOTAL a conceder por empresa en este programa es de 4.000 €, incluyendo el colectivo de difícil inserción.

Este programa es COMPATIBLE con el resto de programas.

 

Las empresas o autónomos que soliciten cualquiera de los tres programas de esta convocatoria y que estén adheridos al Sistema Arbitral de Consumo recibirán un intensidad en su ayuda de 150 € que se sumará a la cantidad a conceder (máximo 150 € independientemente de los programas que soliciten). Siempre respetando los máximos de subvención a conceder marcados en la convocatoria. (https://cindi.gva.es/es/web/consumo/arbitraje)

 

 

Documentación a presentar

Documentación a cumplimentar (los puedes encontrar en trámite electrónico):

  • Solicitud telemática, según modelo normalizado (trámite electrónico)
  • Declaración responsable según modelo normalizado (se rellena en el trámite electrónico).
  • Poder de representación del representante legal, según modelo normalizado (aportar solo en caso de no disponer de firma/certificado digital).
  • Ficha de mantenimiento de terceros, según modelo normalizado.

Documentación a adjuntar:

  • INFORMES DE LA AGENCIA TRIBUTARIA:
    • Certificado de Situación Censal de la Agencia Tributaria que indique la actividad económica, fecha de alta, domicilio fiscal y  domicilio de actividad; actualizado a la fecha más reciente posible. Lo puede obtener aquí: AEAT - Situación censal
      • CASO ESPECIAL: En caso de autónomos que estén trabajando en régimen de cooperativa de trabajo asociado (en el que en figure la cooperativa y no la persona física), se deberá aportar certificado emitido por la cooperativa.
  • INFORMES DE LA SEGURIDAD SOCIAL:
    • Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social: enlace o Alta de la Seguridad Social enlace o Mutua profesional correspondiente; actualizado a la fecha más reciente posible (solo lo deben aportar las persona físicas).
    • Inscripción del empresario en el sistema de la Seguridad Social y Informe de Vida Laboral de un CCC: enlace; del período del 01 de noviembre de 2022 hasta la fecha de solicitud de la subvención (aportar en caso de ser persona jurídica).
    • Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. Lo puede obtener aquí: enlace p. físicasenlace p. jurídicas. (todos lo deben aportar)
  • Para los programas 1 y 2, además de la anterior documentación, deberá aportar:
    • Modelo de cuenta justificativa, según modelo normalizado, que incluirá una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor,  importe, fecha de emisión y fecha de pago. (podrá encontrar la plantilla Excel en el trámite).
    • Facturas u otros documentos acreditativos de los gastos para las cuales se solicita la ayuda.
    • Justificantes de pago bancario de estas facturas. No se admitirán pagos en metálico. 
  • Para el programa 3, además de la anterior documentación, deberá aportar:
    • Copia del contrato de trabajo que justifique que la contratación realizada se ajusta a los requerimientos de la convocatoria.
    • Comunicación al SEPE del contrato.
    • Informe de Trabajadores en Alta (ITA) a fecha de solicitud de la subvención que justifica que el trabajador está contratado en esa fecha. En el caso de contratos ya finalizados en el momento de la solicitud deberán aportar el último RNT (Relación Nominal de Trabajadores), en el que aparezca el trabajador subvencionado para justificar que ha formado parte de la plantilla durante el tiempo exigido en la convocatoria. 

 

 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de ayudas se iniciará el día siguiente al de su publicación en el BOP: 05/08/2023 finalizará el 31 de octubre de 2023.
 

 

Tramitación

Sede Electrónica del Ayuntamiento de Catarroja.

Para la tramitación de estas ayudas es necesario poseer:

  • Certificado/firma digital. En caso de no tenerlo podrá elegir una persona que sí lo tenga y que actúe en este trámite como representante, o, puede solicitarlo en la Oficina de Atenc. al Ciudadano (OIAC): Planta Baja Ayuntamiento de Catarroja, entrada por Camí Real, bajo cita previa.
  • Programa Autofirma (puede descargarlo del Portal de Administración Electrónica): este programa se utiliza para la firma electrónica de documentación. OPCIONALMENTE, se podría firmar mediante firma biométrica presencial en la Oficina de Atenc. al Ciudadano (OIAC): Planta Baja Ayuntamiento de Catarroja, entrada por Camí Real, bajo cita previa.

La tramitación será TELEMÁTICA, y puede acceder a ella en el siguiente enlace:

 

 

 

Contacto

Para cualquier aclaración los interesados pueden contactar con el Servicio de Desarrollo Local y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Catarroja a través de:

Correo electrónico: adl@catarroja.es

Teléfono:

667 421 503

637 028 222

 

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